Convenio CAPSF / Facultad de
Humanidades y Artes [UNR]
En la ciudad de Rosario, a los dieciocho días del mes
de agosto del año dos mil cuatro, entre la Facultad de
Humanidades y Artes de la Universidad Nacional de Rosario, representada
en este acto por su Decano Profesor Darío MAIORANA, con
domicilio legal que constituye en calle Entre Ríos nº
758 de la ciudad de Rosario, por una parte y el Colegio de Arquitectos
de la Provincia de Santa Fe, representado en este acto por su
Presidente Arq. Graciela Nora GARATE (DNI. Nº 20.215.647)
y su Secretario Arq. Aureliano José SARUÁ (DNI.
N° 10.819.604) con domicilio legal que constituye en Avenida
Belgrano nº 650 - Planta Alta de la ciudad de Rosario por
la otra parte, acuerdan celebrar el presente Convenio según
las siguientes cláusulas:
Primera: Es objeto del presente Convenio establecer mecanismos
de colaboración entre los "Cursos de Lenguas Extranjeras
para la Comunidad" que organiza la Escuela de Lenguas
de la Facultad de Humanidades y Artes de la Universidad Nacional
de Rosario y el Colegio de Arquitectos de la Provincia de
Santa Fe, a fin de implementar actividades académicas
que permitan el dictado, evaluación y certificación
de los cursos de idiomas implementados por dicho Colegio.
Segunda: Dicha certificación será extendida
por el Sr. Decano de la Facultad de Humanidades y Artes de
la Universidad Nacional de Rosario, el Director de los "Cursos
de Lenguas Extranjeras para la Comunidad" de la Escuela
de Lenguas de la citada Facultad, y la Sra. Presidente del
Colegio de Arquitectos de la Provincia de Santa Fe, acreditando
el correspondiente nivel, carga horaria y grado de conocimiento
del idioma por parte de los alumnos.
Tercera: Las partes signatarias se comprometen a efectuar
mutuas consultas y mantener estrecha comunicación a
fin de asegurar el óptimo funcionamiento de las actividades
convenidas, así como de otras que se puedan establecer
en el futuro, para las cuales se ampliará el presente
Convenio.
Cuarta: El presente Convenio tendrá una duración
de un (1) año, a partir de la fecha de su firma, pudiendo
renovarse automáticamente, a excepción que alguna
de las partes manifiesten expresamente su voluntad de rescindirlo,
previa notificación por escrito.
Quinta: En la ciudad de Rosario, a los diecinueve días
del mes de agosto del año dos mil cuatro se firman
tres ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, quedando
uno en poder del Colegio de Arquitectos de la Provincia de
Santa Fe y dos en manos de la Facultad de Humanidades y Artes
de la Universidad Nacional de Rosario. |